Hablan los expertos

En 10 videos te contamos todo lo que debes saber

Nuestros Servicios

Registros Sanitarios Nuevos
Obtén la autorización necesaria para comercializar tu producto.
Renovación de Registros
Mantén vigente tu autorización sanitaria sin contratiempos.
Modificación de Registros
Actualiza información, titulares, fabricantes o características de tu producto.
Autorización de Publicidad ante el INVIMA
Gestiona la aprobación requerida para promocionar tu producto.
Revisión Técnica de Etiquetas
Verificamos que cumpla con la normatividad vigente.
Certificados de No Requiere
Determinamos y gestionamos los casos donde no aplica registro sanitario.
Respuesta a Procesos Sancionatorios
Orientación inicial frente a requerimientos o actuaciones de la autoridad sanitaria.
Consultoría Regulatoria
Asesoría básica para resolver inquietudes y definir la mejor ruta para tu producto.

Preguntas Frecuentes

Te guiamos para que tu producto cumpla con todo lo necesario en Colombia 

Es la autorización otorgada por el INVIMA que permite fabricar, importar, comercializar o distribuir legalmente productos sujetos a vigilancia sanitaria, garantizando que cumplen los requisitos de calidad, inocuidad y rotulado exigidos por la normativa.

No se requiere cuando el producto no está sujeto a control sanitario obligatorio o cuando aplica otra figura como la notificación sanitaria obligatoria o el permiso sanitario. También existen excepciones para ciertos alimentos de consumo inmediato y productos destinados a investigación.

Si el producto requiere registro y se comercializa sin él, el INVIMA puede retirarlo del mercado, decomisarlo o imponer sanciones legales.

Debe contener información clara y veraz sobre el producto, incluyendo nombre, ingredientes, contenido neto, fecha de vencimiento, lote, condiciones de conservación y datos del fabricante o importador, además de cumplir con las normas de etiquetado nutricional y sellos de advertencia.

Se necesita contar con Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) o un concepto sanitario favorable y presentar la información técnica y documental exigida por el INVIMA.

Cuando el alimento tiene altos contenidos de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, o contiene edulcorantes, según lo establecido por la normativa vigente.

No. La Ley de Emprendimiento no elimina el pago, pero permite que micro y pequeñas empresas accedan a tarifas reducidas si cumplen los requisitos establecidos.

Depende del tipo de alimento y de cómo se comercialice. Algunos productos requieren registro, permiso o notificación sanitaria, mientras que otros pueden comercializarse bajo condiciones específicas y cumpliendo las normas sanitarias.

Sí. En algunos trámites existen tarifas diferenciales para microempresas legalmente constituidas, aunque los requisitos técnicos y sanitarios son los mismos para todos.

Estas declaraciones deben ser reales, comprobables y cumplir la normativa. En el caso de productos orgánicos, es obligatorio contar con una certificación válida.

La notificación sanitaria aplica a productos de bajo riesgo, el permiso sanitario a productos de riesgo intermedio y el registro sanitario a productos de mayor riesgo que requieren una evaluación técnica más completa.

Proviene de un análisis bromatológico realizado en laboratorio, que determina el contenido real de nutrientes del alimento.

El registro sanitario tiene una vigencia de 5 años, el permiso sanitario de 7 años y la notificación sanitaria obligatoria de 10 años, con posibilidad de renovación.

Debe demostrar el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), requisito fundamental para garantizar la inocuidad de los alimentos.

En alimentos generalmente no requiere autorización previa, pero debe cumplir la normativa y no inducir a error al consumidor. El INVIMA puede intervenir cuando existe publicidad engañosa.